Hacia la cooptación del Poder Judicial ¿Qué hay detrás de las últimas decisiones de la Sala Constitucional en El Salvador?

28 de Septiembre 2021
Hacia la cooptación del Poder Judicial ¿Qué hay detrás de las últimas decisiones de la Sala Constitucional en El Salvador?
Sesión extraordinaria CSJ El Salvador. Tomada de Twitter CorteSupremaSV

En un contexto marcado por conflictos entre los órganos ejecutivo y judicial, y por la remoción de una gran cantidad de jueces y magistrados, la sala constitucional emite una sentencia que autoriza la reelección continua y abre las puertas a la reelección indefinida en el país centroamericano. 

El viernes 3 de septiembre, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador emitió un fallo que faculta la reelección presidencial consecutiva, pese a que la Constitución expresamente lo prohíbe (ver: arts. 88 y 152.1). Esta decisión permitiría al actual presidente Nayib Bukele buscar la reelección en 2024, y de esta manera la Sala emula a otras cortes en el continente que han intervenido a través de cuestionados fallos sobre la prohibición a la limitación de la reelección presidencial, habitualmente en ausencia de un amplio consenso nacional y en beneficio del poder de turno.  

 

La decisión del tribunal constitucional -ahora controlado por el gobierno- se suma a otras acciones contrarias a la democracia y el Estado de derecho que ha protagonizado la actual administración desde su llegada al poder en junio de 2019 y, particularmente en los últimos meses. 

El contexto de la sentencia

El partido del presidente Bukele, Nuevas Ideas, ganó los comicios legislativos en febrero de 2018 y se instaló en el congreso salvadoreño, a partir del 1 de mayo, en 56 de los 84 escaños. Ese mismo día, en su primera sesión, la Asamblea Legislativa destituyó a la y los magistrados de la Sala de lo Constitucional y al Fiscal General, sin seguir el procedimiento establecido. En el mismo acto nombró sustitutos, que no cumplían con el perfil de idoneidad ni méritos.  (Te puede interesar nuestro artículo: Noche oscura para la independencia judicial en El Salvador)

Mas tarde, el 31 de agosto, en otro golpe a la independencia judicial, los mismos legisladores  propusieron y aprobaron reformas a la Ley de la Carrera Judicial y la Ley Orgánica de la Fiscalía General, que establecen el retiro obligatorio de todos los jueces, juezas y fiscales mayores de 60 años o con más de 30 años de servicio. 

Según argumentaron las y los legisladores y el mismo presidente Bukele en su cuenta de Twitter, se trataba de una medida para depurar a un poder judicial corrupto. Sin embargo, los cambios normativos no respondieron a ningún estudio que de cuentas de como el límite de edad se relaciona con el supuesto combate a la corrupción, ni fue consultada con la Corte Suprema de Justicia, que de acuerdo con el art. 133.3 de la Constitución le corresponde las iniciativas legislativas en esta materia. Además, se adoptó sin deliberación ni debate. 

En un comunicado conjunto, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y el Relator Especial de la ONU sobre la Independencia de Jueces y Abogados rechazaron las reformas y pidieron al gobierno salvadoreño que respete la independencia judicial y la independencia de la Fiscalía General.

Entre los efectos nocivos de esta purga judicial, además de afectar derechos laborales de casi un tercio del Poder judicial, está el hecho de que deja vacantes que podrían ser ocupadas por funcionarios/as a la medida del gobierno, que ha demostrado no tener compromiso democrático. Así mismo, lanza un mensaje de amedrentamiento a quienes se quedan: en cualquier momento pueden ser destituidos si toman decisiones que no se alinean con los intereses de turno. 

Un asunto de particular preocupación es que entre los que serían destituidos con las nuevas reformas se encuentra el juez Jorge Guzmán, quien ha presidido diligentemente la causa penal de la masacre de El Mozote desde su reapertura en 2016. Su salida forzada del tribunal sería un retroceso en la rendición de cuentas de crímenes de lesa humanidad cometidos durante la guerra en El Salvador, cuyas víctimas ya llevan muchos años de espera por justicia.

La elección presidencial y la sentencia de la Sala

La sentencia sobre la reelección presidencial, se origina en una demanda por “pérdida de derechos de ciudadanía” de una precandidata de un partido político, quien, según el demandante, había incurrido en una de las causales de pérdida de derechos políticos que prevé el artículo 75.4 de la Constitución, al haber afirmado públicamente que apoyaría una eventual reelección del presidente Nayib Bukele. Esta demanda, por demás inédita, pues no se había utilizado antes en el país, fue admitida en febrero de 2021 por la y los magistrados que más tarde serían indebidamente destituidos.

La nueva Sala, formada a partir de quienes fueron ilegalmente electos en mayo pasado, el 3 de septiembre sobreseyó ese proceso, con lo cual cerró el caso y no entró a conocer el fondo de la pretensión, pero al mismo tiempo, insólitamente, se pronunció sobre un asunto que no formaba parte del debate (ultra petita), y, básicamente, de oficio elaboró argumentos para concluir que la reelección presidencial sucesiva es constitucional. En la misma decisión se ordena al Tribunal Supremo Electoral autorizar la reelección inmediata de quien actualmente ejerce la presidencia. 

Esta decisión de la Sala Constitucional viola el art. 152.1 de la Constitución, que prohíbe la reelección consecutiva de presidentes, y también contradice un fallo anterior de la Sala dictado en año 2014. En ese fallo de inconstitucionalidad, la Sala prohibió la reelección presidencial inmediata y estableció un período de espera obligatorio de 10 años para postularse a la reelección como presidente. 

Por otro lado, la Constitución salvadoreña establece que los artículos relacionados con el período presidencial no pueden modificarse (ver: art. 248 numeral 3). En cuanto a los efectos de la sentencia, se trataba de un proceso de efectos personales, circunscritos al caso y no de efectos generales. En consecuencia, la resolución no cumple con los presupuestos para inaplicar e incluso revertir el precedente dictado en 2014, en una sentencia de fondo que sí posee efectos generales. 

Claramente esta decisión fue adoptada por magistrados cuyo “deber de gratitud” responde al presidente Bukele, con lo cual el mandatario se estaría valiendo de jueces indebidamente impuestos, para auto beneficiarse de dicha decisión. Adicionalmente, con esta decisión, la Sala de lo Constitucional ha allanado el camino para la reelección presidencial consecutiva, lo que a su vez ha creado una oportunidad para la reelección indefinida, prohibida por la Convención Americana sobre Derechos Humanos, como reafirmó la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en su reciente Opinión Consultiva

Si no se rectifica, El Salvador correría el riesgo de revivir los prolongados periodos presidencialistas de América Latina con consecuencias nocivas para el respeto y garantía de derechos humanos. La Corte IDH resalta en la citada opinión consultiva “que la  habilitación de la reelección presidencial indefinida de forma que permita al Presidente en ejercicio presentarse para ser reelecto es una modificación que trae fuertes consecuencias para el acceso al poder y el funcionamiento democrático en general”.

(Te pueden interesar nuestros artículos sobre reelección presidencial)

La OEA y la aplicación de la Carta Democrática

De acuerdo con la Carta Democrática Interamericana de la Organización de Estados Americanos (OEA) el ejercicio efectivo de la democracia representativa es la base del Estado de derecho y los regímenes políticos de los Estados miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA). Su fortalecimiento es esencial para la estabilidad, y el desarrollo social, político y económico de los pueblos de las Américas.

Frente a situaciones que ponen en riesgo el orden constitucional de los países del continente, la Carta ofrece diversas herramientas para abordar la situación en el marco del diálogo diplomático. Cuando la ruptura del orden constitucional se ha consumado y las gestiones diplomáticas han sido infructuosas, la Carta establece un procedimiento que puede derivar en la suspensión del Estado miembro de su derecho de participación en la OEA. (art. 20)

Las distintas acciones tomadas por el gobierno salvadoreño violentando el orden constitucional y democrático, ha motivado que diversas organizaciones internacionales y nacionales soliciten públicamente a la OEA que considere aplicar el artículo 20 de la Carta y convocar a reunión urgente de los Estados miembros para abordar la situación y tomar las medidas necesarias. 

La situación de El Salvador no es nueva para la OEA. En mayo de 2021, la OEA hizo público un informe de una Misión Especial realizada al país en el marco del artículo 17 de la Carta, que tenía por fin evaluar in situ la situación político-institucional salvadoreña. Esta Misión estuvo encabezada por Santiago Cantón, y en sus conclusiones mostró preocupación porque el gobierno no daba “cumplimiento a las decisiones del máximo órgano judicial salvadoreño y se hace un llamado a acatarlas”, y recordó “que el ejercicio autónomo de la función judicial debe ser garantizado por el Estado, y que la garantía de la independencia de las y los jueces es uno de los objetivos principales que tiene la separación de los poderes públicos”. 

Tras los hechos arribas narrados, es claro que esas recomendaciones no solo fueron dejadas de lado, sino que la crisis se agudizó aceleradamente. En las últimas semanas, Santiago Cantón ha afirmado con contundencia que la OEA debe invocar el articulo 20 de la Carta, pues en sus palabras “se acabó la democracia en El Salvador”. Es importante recordar que no sólo el secretario general de la OEA puede invocar la aplicación el artículo 20 de la Carta y convocar a un Consejo Permanente, sino también cualquier Estado miembro, y no se requiere la anuencia del Estado en cuestión.

No sabemos que vaya a decidir la OEA sobre El Salvador, pues los desafíos para aplicar la Carta son múltiples en un organismo donde es muy complejo obtener consensos y en una región con un patrón emergente de gobiernos que obtienen el poder en elecciones democráticas, pero una vez en el control del Estado, socavan las instituciones y concentran funciones para el beneficio propio o de una minoría privilegiada. 

Pese a este panorama hemisférico, no hay que abandonar el camino para que la OEA condene la situación de deterioro democrático en El Salvador y tome acciones en el marco de sus instrumentos y mecanismos.

Citación académica sugerida: Arteaga Rubio, Leonor. Hacia la cooptación del Poder Judicial ¿Qué hay detrás de las últimas decisiones de la Sala Constitucional en El Salvador?. Agenda Estado de Derecho. 2021/09/29. Disponible en: https://dutapp.com/ultimas-decisiones-de-la-sala-constitucional-en-el-salvador/

Palabras claves: El Salvador; independencia judicial; poder judicial; reelección; Bukele

Comparte este artículo en...
Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp
ACERCA DE LA AUTORA
Leonor Arteaga Rubio

Abogada salvadoreña de la Fundación para el Debido Proceso. Dirige el Programa de Impunidad y graves violaciones de derechos humanos. Desde 2018 es Comisionada de la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas en el contexto del conflicto armado en El Salvador (CONABÚSQUEDA), cargo que ejerce ad-honorem.

Artículos Relacionados

Edgar Ortiz Romero

Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

Mauricio Alarcón

Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.

Ariana Guevara Gómez

Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

Catalina Fernández Carter

Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

Edison Lanza

Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).

Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

José Luis Caballero Ochoa

José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

Leonel González

Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.

María Luisa Piqué

Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.

Mariano Fernández Valle

Abogado, Magíster en Derecho y Posgrado en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por la Universidad de Palermo. Profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Responsable del Programa para la Aplicación de Instrumentos de Derechos Humanos del Ministerio Público de la Defensa de la Nación. Integrante de la Red Latinoamericana de Académicas/os del Derecho - ALAS. Fue docente en diferentes universidades de Argentina, e investigador y docente en el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile. Sus temas de especialización son Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Acceso a la Justicia y No Discriminación.

Silvia Serrano

Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Marcia Aguiluz

Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

Ángel Arellano

Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.

Angelita Baeyens

Vicepresidenta de incidencia y litigio internacional del Robert F. Kennedy Human Rights. Baeyens lidera la estrategia de incidencia legal en derechos humanos de la organización, incluyendo el litigio de casos de alto impacto ante mecanismos de la ONU y sistemas regionales de protección, en temáticas relacionadas con la protección del espacio cívico y la lucha contra la discriminación, violencia e impunidad. Previamente se desempeñó como oficial de asuntos políticos en la ONU y como oficial de derechos humanos en la CIDH, donde también coordinó la Relatoría sobre personas defensoras. Es profesora adjunta de la Facultad de Derecho de la Universidad de Georgetown. Recibió su título de abogada de la Universidad de Ibagué, Colombia, y su LL.M en derecho internacional de los derechos humanos de la Universidad de Notre Dame, Estados Unidos.

Leonardo Nemer Caldeira Brant

Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).

Edward Pérez

Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Katya Salazar

Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.

Carlos Arturo Villagrán Sandoval

Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.

Salvador Herencia-Carrasco

Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.

María Dolores Miño

Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

Alfonso Herrea

Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.