Los nuevos–y no tan nuevos- retos del Sistema Interamericano de Derechos Humanos

21 de Enero del 2021
Los nuevos–y no tan nuevos- retos del Sistema Interamericano de Derechos Humanos

El Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH) es el mecanismo más influyente en materia de promoción y protección de los derechos humanos en el continente americano. Si bien la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) han atravesado momentos de crisis y enfrentado importantes desafíos, la respuesta del SIDH ante estas situaciones ha favorecido su fortalecimiento. A más de 70 años de la aprobación de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, más de 60 años de la creación de la CIDH, más de 50 años de la adopción de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), y a más de 40 años de funcionamiento de la Corte IDH, corresponde hacer un balance y definir, en principio, cinco grandes retos del SIDH.

1. Universalización de los tratados interamericanos

Tanto la CIDH como la Corte IDH han destacado la importancia de la ratificación universal de los instrumentos del SIDH como un “elemento crítico” para garantizar el pleno respeto y garantía de los derechos humanos en el continente. Nada más respecto de la CADH tenemos a la fecha una suerte de subsistemas. Por un lado, los Estados que no son parte de la CADH y que, en consecuencia, tienen una relación exclusiva con la CIDH y la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y, por otro lado, los Estados que son parte de la CADH, dentro de los cuales incluso cabe distinguir dos sub-grupos, entre aquellos que han aceptado y los que no han aceptado la competencia contenciosa de la Corte IDH. Esta relación desigual entre los Estados, la CADH y los órganos interamericanos genera un sistema “de grados diferenciados de ratificación que ‘coloca a millones de personas en una situación de desventaja en cuanto al grado de protección internacional de los derechos’”, como lo señala la CIDH.      

La ratificación universal de los tratados interamericanos constituye así un primer desafío del Sistema, no sólo respecto de la CADH, sino también en lo que concierne a los demás tratados del corpus iuris interamericano. Recientemente, Costa Rica ha firmado la Convención Interamericana Contra Toda Forma de Discriminación e Intolerancia, y Ecuador y Perú han ratificado la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores.

2. Plazo razonable del proceso interamericano:

El principio de plazo razonable que se desprende de la CADH y de la jurisprudencia interamericana no sólo es aplicable a los procesos internos dentro de los Estados, sino también a los procedimientos ante los tribunales regionales e internacionales de derechos humanos. Los dos órganos interamericanos han hecho grandes esfuerzos por reducir los plazos en la solución de peticiones, casos y situaciones sometidos a su competencia. Así, la CIDH y la Corte IDH han registrado un aumento histórico en su productividad en el último año. La CIDH ha impulsado la resolución de solicitudes de medidas cautelares en tiempo oportuno, la agilización del estudio inicial de peticiones, el trámite de casos y peticiones, así como el seguimiento de los asuntos en solución amistosa. La Corte IDH, que entre 1980-1991, comenzó con una demora de 34 meses en la tramitación de cada caso, ha reportado en 2019 un promedio de duración del procedimiento de 21,97 meses desde el sometimiento del caso por parte de la CIDH. “Justicia que tarda, no es justicia” y, en esa medida, los órganos interamericanos tienen ante sí el gran reto de resolver y pronunciarse dentro de un plazo razonable.

3. Cumplimiento de las decisiones de los órganos interamericanos

Tal como ha sido reiterado por la jurisprudencia interamericana, en el marco del derecho de acceso a la justicia, la efectividad de cualquier decisión depende de su ejecución. En 2019, la CIDH aprobó las Directrices Generales de Seguimiento de Recomendaciones y Decisiones, para fortalecer sus acciones de seguimiento a través del “diseño de metodologías, procedimientos y protocolos homogéneos, medibles y concretos para evaluar el cumplimiento integral de [sus] recomendaciones y decisiones”. Entre dichas acciones, destaca el Sistema Interamericano de Monitoreo y Seguimiento de Recomendaciones (SIMORE), herramienta informática que posibilita el acceso público a las recomendaciones y decisiones emitidas por la CIDH. Por su parte, la Corte IDH, desde 2015, ha puesto en funcionamiento la Unidad de Supervisión de Cumplimiento de Sentencias, con el fin de dar mayor seguimiento al cumplimiento de las reparaciones por parte de los Estados. Esto, mediante audiencias de supervisión de cumplimiento –públicas o privadas-, diligencias in situ, resoluciones, reuniones informales con víctimas y/o agentes estatales, solicitudes de información, y el involucramiento de órganos institucionales y tribunales nacionales.

La materialización de las decisiones de la CIDH y de la Corte IDH constituye así un particular desafío del SIDH que revela la imperiosa necesidad de una actuación estatal coherente, conforme a los principios de pacta sunt servanda y de buena fe. El fin último supone proteger plenamente el derecho de acceso a la justicia y evitar que la etapa de cumplimiento represente un período de re-victimización. 

4. Alcances del control de convencionalidad respecto a su aplicación por toda autoridad pública

A la fecha, parecen superados los cuestionamientos respecto a que todo Estado Parte de la CADH está obligado a realizar el control de convencionalidad. Sin embargo, aún queda pendiente que se afiance la idea de que dicho control de convencionalidad no sólo vincula a las autoridades del Poder Judicial y demás órganos vinculados a la administración de justicia en todos los niveles, sino a toda autoridad pública, en ejercicio de sus competencias y de las normas procesales vigentes en el derecho interno. Exigir que toda autoridad pública actúe de conformidad a la CADH y a la jurisprudencia interamericana es consecuencia lógica de la aplicación del derecho internacional público y  del derecho internacional de los tratados. Si un Estado es parte de un tratado, éste vincula a todos sus poderes, órganos y autoridades, los que en definitiva pueden generar la responsabilidad internacional de aquél.

¿Por qué no esperar que toda autoridad pública del sector educación conozca y aplique la CADH y la jurisprudencia interamericana sobre derechos del niño, derecho a la educación o aquella recientemente desarrollada por la Corte IDH en el caso Guzmán Albarracín y otras Vs. Ecuador, sobre protección frente a la violencia sexual en el ámbito educativo? ¿Por qué no esperar que las fuerzas del mantenimiento del orden en nuestros países conozcan y apliquen los estándares interamericanos sobre el uso de la fuerza letal , sobre el respeto y garantía del derecho a la protesta pacífica, y sobre los límites a la militarización? Al respecto, CIDH y Corte IDH intentan hacer más asequible la jurisprudencia interamericana, a través de la disponibilidad de sus decisiones en sus páginas web, mediante la organización de seminarios y cursos de capacitación o, como en el caso de la Corte IDH, a través de la sistematización de sus fallos en los Cuadernillos de Jurisprudencia. Sin embargo, resulta fundamental la capacitación promovida desde el Estado para que las propias autoridades públicas se apropien de la CADH y de la jurisprudencia interamericana. Cuando éstas constituyan referentes constantes en el ejercicio de la función pública, el control de convencionalidad cumplirá su rol preventivo.

5. Desafíos de la E-justicia desarrollada durante la pandemia

Frente a la pandemia de COVID-19, los dos órganos del SIDH se pronunciaron inmediatamente recordando a los Estados sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, aún en contexto de crisis sanitaria: la CIDH a través de la Resolución 01/20 “Pandemia y Derechos Humanos en las Américas” y la Corte IDH, mediante la Declaración 01/20 “Covid-19 y derechos humanos: los problemas y desafíos deben ser abordados con perspectiva de derechos humanos y respetando las obligaciones internacionales”. Pero además de ello, tanto la CIDH como la Corte IDH debieron adaptarse a la digitalización y a la virtualización de la comunicación con los usuarios del SIDH para efectos de las diferentes actividades que realizan en el marco de sus competencias (período de sesiones, audiencias y ciclos de conferencias, entre otros).

La adaptación de los diferentes actores del SIDH se ha impuesto de manera efectiva, pese a las dificultades y a la complejidad de esta crisis sin precedentes. Sin embargo, tal como lo ha puesto en evidencia el Secretario de la Corte IDH, Pablo Saavedra, la adaptación como sociedad y como SIDH a los procesos de digitalización y de virtualización no debe hacernos perder de vista algunos particulares desafíos frente a los derechos humanos. Por un lado, la situación de vulnerabilidad en la que se encuentra un importante número de personas en la región, quienes pueden verse especialmente afectadas por esta transformación de la comunicación y del acceso al SIDH. Por otro lado, la importancia de mantener la empatía con las víctimas de violaciones de derechos humanos y con lo que puede significar para ellas “estar” físicamente ante la CIDH o la Corte IDH, como espacios y momentos fundamentales de un derecho de acceso a la justicia que les fue esquivo ante sus Estados.

*

Los retos presentados interpelan al SIDH en cuanto al pleno respeto y garantía de los derechos humanos de toda persona en la región y, particularmente, respecto del derecho de acceso a la justicia, norma imperativa del derecho internacional. Interpelan también a los Estados, los que a través de la efectiva aplicación del control de convencionalidad deben actuar en una lógica preventiva que consolide el carácter subsidiario del SIDH. Finalmente, interpelan a la academia, las organizaciones no gubernamentales y a la sociedad civil, quienes deben mantener más vivo que nunca el interés por participar en el SIDH, a través del litigio, la presentación de información, la organización de espacios de debate, el monitoreo y seguimiento al cumplimiento de las decisiones de los órganos interamericanos. Retos nuevos y otros que persisten, en todo caso, siempre estímulos para fortalecer el SIDH.

Citación académica sugerida: Ibáñez, Juana:Los nuevos–y no tan nuevos- retos del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, 2021/01/21, https://dutapp.com/los-nuevos-y-no-tan-nuevos-retos-del-sistema-interamericano-de-derechos-humanos

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ACERCA DE LA AUTORA
Juana María Ibáñez Rivas

Consultora especialista en Derecho Internacional de los Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario e investigadora del Groupe d’études en droit international et latino-américain de La Sorbonne (GEDILAS-IREDIES). Abogada por la Pontificia Universidad Católica del Perú, Máster en Derechos Humanos por la Universidad Paris X Nanterre-La Défense y Candidata a doctora por la Universidad Paris 1 Panthéon-Sorbonne. Previamente se desempeñó como abogada en la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y como responsable de programa en el Comité Internacional de la Cruz Roja.

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Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

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Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.

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Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).

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Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.

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Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

Alfonso Herrea

Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.