Millones de chilenos han comenzado a solicitar, a contar desde el 30 de julio de 2020, el retiro de todo o parte de sus ahorros previsionales, autorizados por la recién aprobada reforma constitucional, que, a través de una disposición transitoria excepcional, busca, en teoría, aliviar la situación económica causada por la pandemia de la COVID-19.
Pese a que medidas similares han sido implementadas en otros países como Australia o Perú, también como consecuencia de la pandemia, ello no deja de ser una política pública muy discutible, por cuanto se están sacrificando los ahorros previsionales de millones de ciudadanos y afectando su futura pensión, elemento fundamental del derecho a la seguridad social, bajo la excusa de aliviar las graves consecuencias económicas que la pandemia está causando. Sin duda alguna, pan para hoy, hambre para mañana.
Esta no es, sin embargo, la primera afectación que sufre el sistema de pensiones chileno en los últimos tiempos. El pasado 17 de junio, la Corte de Apelaciones de Antofagasta, conociendo de un recurso de protección de garantías constitucionales interpuesto por una pensionada, en su sentencia ordenó a la Administradora de Fondos de Pensiones, AFP Cuprum, en nombre del derecho de propiedad, entregarle la totalidad de sus ahorros previsionales y dejar sin efecto la pensión de vejez, sin perjuicio de que eventualmente la Administración del Estado pueda entregarle una pensión mínima solidaria, que reciben en Chile todas aquellas personas que no pueden pensionarse por alguno de los regímenes previsionales existentes en el país.
Dicha sentencia, sujeta actualmente a revisión vía apelación por parte de la Corte Suprema, ha insistido en hacer primar el derecho de propiedad sobre el derecho a la seguridad social, pese al fallo dictado en el contexto de esa misma causa por parte del Tribunal Constitucional, conociendo de una acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad planteada por la propia Corte de Antofagasta. En su sentencia, el Tribunal Constitucional fue categórico al señalar que la existencia de un patrimonio de afectación, como el formado por las cotizaciones obligatorias, que tiene por objeto sólo el pago de una pensión de vejez, no sólo no afecta el derecho de propiedad, sino que cumple con la obligación establecida en el artículo 19 n° 18 de la Constitución de cautelar el derecho a la seguridad social.
¿Qué hay detrás de estos y otros intentos recientes en Chile por hacer primar el derecho de propiedad sobre los ahorros previsionales y permitir su retiro afectando aún más el monto de las futuras pensiones? Una intención de dejar sin efecto el sistema mixto de pensiones, creado por el Decreto Ley 3500 en 1980, y obligar a construir uno nuevo que abandone uno de los pilares del actual modelo, la capitalización individual, y la reemplace con mecanismos de solidaridad intra e intergeneracionales, lo que, en el fondo, sería un sistema de reparto. Anteriormente se habían hecho otros intentos para modificar el sistema de pensiones: por ejemplo, el proyecto presentado en abril pasado por un grupo de Senadores de oposición.
Sin embargo, es importante comentar que el actual sistema de pensiones en Chile no está basado sólo en la capitalización individual. En efecto, el Estado chileno hace una serie de aportes, siendo el principal de ellos la Pensión Básica Solidaria de Vejez, que beneficia a todas aquellas personas que no han podido acceder a ninguna pensión y que pertenecen al 60% más pobre de la población.
Otros aportes que hace el Estado chileno en materia de pensiones son, entre otros, el subsidio a la cotización previsional de trabajadores jóvenes, y el aporte previsional solidario de vejez para complementar los ingresos de personas que sí han podido pensionarse, pero por bajos montos, entre otros beneficios de seguridad social, como las pensiones de invalidez, que son administrados y pagados por el Instituto de Previsión Social.
Para compensar las eventuales lagunas previsionales que la maternidad haya podido significar, el Estado chileno paga, al momento de pensionarse, un bono por hijo nacido, para suplementar las pensiones de todas las madres, sin excepción alguna, que se hayan pensionado a partir del 1° de julio de 2009. El Estado chileno ha establecido, además, una serie de beneficios tributarios para incentivar el ahorro previsional voluntario.
Por otro lado, la sostenibilidad financiera de todo el sistema está dada, por una parte, por los ahorros de los trabajadores, a través del mecanismo de capitalización individual tanto obligatorio como voluntario, pero también por un importante Fondo de Reserva de Pensiones (FRP), sin perjuicio del uso de impuestos generales.
Es claro que la existencia de un robusto sistema de aportes tanto públicos como privados, para generar ahorro previsional y llevar a cabo el pago de pensiones, cumple a cabalidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas.
¿Por qué entonces tanto voluntarismo de algunos sectores por transformar radicalmente el actual sistema de pensiones? Algunas visiones ideológicas ven en la capitalización individual una especie de pecado original del sistema y olvida que en todos los sistemas previsionales del mundo existe contribución individual de los trabajadores al ahorro previsional. Más allá de eso, efectivamente el sistema previsional chileno ha entrado en una crisis de legitimidad, principalmente porque entrega una baja tasa de reemplazo; es decir, el porcentaje de ingresos que la pensión de jubilación representa versus los ingresos previos de los trabajadores es bajo. Pero esa baja tasa de reemplazo está dada principalmente porque la tasa de cotización obligatoria es baja.
Sin embargo, la tasa de reemplazo del sistema chileno es superior a la de otros 6 países de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE), e incluso superior a la de países como Japón o Reino Unido, según se desprende del reporte Pensions at a Glance 2019, realizado por la propia OCDE.
¿Qué debe hacer Chile entonces? Construir sobre lo que ya existe, y reformar el actual sistema con un sustancial pero paulatino aumento de las tasas de cotización, introduciendo elementos de solidaridad, un mayor aporte de recursos fiscales y el aumento de la edad de jubilación (que actualmente es de 65 años para los hombres y 60 años para las mujeres). Pero en ningún caso se debe permitir que, bajo el pretexto del derecho de propiedad sobre los ahorros previsionales, la excusa de la pandemia o las intenciones de estatización, se evaporen o desaparezcan los actuales ahorros previsionales de los trabajadores. Eso sí que atentaría contra el derecho a la seguridad social en materia de pensiones.
Citación académica sugerida: Vergara Alberto: Chile: ¿derecho de propiedad vs. seguridad social?, 2020/08/11. https://dutapp.com/chile-derecho-de-propiedad-vs-seguridad-social/
Abogado por la Pontificia Universidad Católica de Chile. Master of Law (LLM) Northwestern University, Estados Unidos de América. Profesor de Derecho Constitucional, Pontificia Universidad Católica de Chile. Más información.
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Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.
Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.
Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.
Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.
Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).
Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.
José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.
Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.
Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.
Abogado, Magíster en Derecho y Posgrado en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por la Universidad de Palermo. Profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Responsable del Programa para la Aplicación de Instrumentos de Derechos Humanos del Ministerio Público de la Defensa de la Nación. Integrante de la Red Latinoamericana de Académicas/os del Derecho - ALAS. Fue docente en diferentes universidades de Argentina, e investigador y docente en el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile. Sus temas de especialización son Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Acceso a la Justicia y No Discriminación.
Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.
Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.
Vicepresidenta de incidencia y litigio internacional del Robert F. Kennedy Human Rights. Baeyens lidera la estrategia de incidencia legal en derechos humanos de la organización, incluyendo el litigio de casos de alto impacto ante mecanismos de la ONU y sistemas regionales de protección, en temáticas relacionadas con la protección del espacio cívico y la lucha contra la discriminación, violencia e impunidad. Previamente se desempeñó como oficial de asuntos políticos en la ONU y como oficial de derechos humanos en la CIDH, donde también coordinó la Relatoría sobre personas defensoras. Es profesora adjunta de la Facultad de Derecho de la Universidad de Georgetown. Recibió su título de abogada de la Universidad de Ibagué, Colombia, y su LL.M en derecho internacional de los derechos humanos de la Universidad de Notre Dame, Estados Unidos.
Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).
Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.
Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.
Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.
Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.
Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.