Estado de Derecho Ambiental y el Acuerdo de Escazú para América Latina y el Caribe

30 de Septiembre del 2020
Estado de Derecho Ambiental y el Acuerdo de Escazú para América Latina y el Caribe

Consolidar un Estado de Derecho Ambiental es hoy fundamental para la paz, la democracia, el bienestar del planeta y el nuestro, tanto desde un punto de vista social como económico. Es indispensable para lograr un desarrollo justo y sostenible, que respete los ciclos de la naturaleza y garantice los derechos fundamentales a la vida, al agua y a un ambiente equilibrado y sano. Un Estado de Derecho Ambiental implica contar con leyes adecuadas y eficaces tanto para proteger al ambiente y exigir la reparación de los daños, como también para asegurar el acceso a la justicia y la información, la equidad en la participación e inclusión, rendición de cuentas, transparencia, etc.

Se requiere un enfoque integral, con una gobernanza inclusiva, en que las políticas, leyes y decisiones se tomen de manera participativa, para que sean representativas de la gente, incluyendo una especial preocupación por los más vulnerables y las generaciones futuras, para que, así entendidas y legitimadas, sean cumplidas y fiscalizadas efectivamente. Esta es una responsabilidad común de legisladores, jueces, abogados, organizaciones no gubernamentales y del sector privado, y las comunidades todas. El fortalecimiento del Estado de Derecho Ambiental será así un aliado en la reducción de los conflictos y la prevención de nuevas tensiones relacionadas con asuntos ambientales.

Si bien algunos de estos desafíos parecen lejanos y difíciles de alcanzar, en razón de nuestra historia de políticas económicas extractivistas, que por muchos años han provocado la destrucción de los componentes naturales del ambiente, sacrificando con ello además, muchas veces, nuestro patrimonio sociocultural; hoy tenemos en América Latina y el Caribe, una gran oportunidad para avanzar en la consolidación de este Estado de Derecho Ambiental, que resulta más urgente que nunca, dada nuestra alta vulnerabilidad a los efectos del cambio climático, que implicará decidir especialmente cómo nos adaptaremos o transformaremos a esta nueva realidad.

Se trata de la adopción del Acuerdo de Escazú, el primer tratado vinculante para la región, que fija altos estándares vinculados a los tres pilares básicos del Principio 10 de la Cumbre de la Tierra de 1982 (acceso a la información, a la participación y a la justicia ambiental) y que, además, agrega uno nuevo, vinculado a la protección de los denominados “defensores ambientales”. Nutrido de la experiencia del Convenio Aarhus y de las directivas específicas que en la Unión Europea se han dictado -especialmente en relación al acceso a la información y la participación- Escazú introduce en su centro, un sello especial, nacido de la cruda realidad que viven mujeres y hombres que, en razón de la lucha socioambiental que lideran, han sido víctimas de numerosas afrentas y amenazas, por lo que se reconoce la necesidad de otorgarles una protección especial.

Iniciado en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible (Río+20) en 2012, con la suscripción de la Declaración sobre la aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río sobre Medio Ambiente y Desarrollo, el Acuerdo de Escazú se adoptó en Costa Rica el 4 de marzo de 2018, después de dos años de reuniones preparatorias y nueve reuniones de negociaciones entre delegaciones de distintos Estados, con una importante participación del público. Escazú se abrió a la firma de los 33 países de la región el 27 de septiembre de 2018 en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York hasta el 26 de septiembre recién pasado. Al día de hoy, logró 24 firmas, es decir, el 73% de los convocados. Y a poco andar, ya ha logrado la ratificación de 9 Estados de los 11 que se requiere para entrar en vigencia.

Es primordial que Escazú entre en vigencia pues, si bien la mayoría de los países latinoamericanos contamos con cláusulas ambientales en nuestras Constituciones, con una institucionalidad ambiental y diversas leyes (de bases generales o de materias específicas), incluyendo también el desarrollo de normas especiales sobre libertad de información, asociación y participación, lo cierto es que existe bastante disparidad; cuestión que lamentablemente a veces determina elegir como receptor de inversiones extranjeras, aquellos países con estándares más bajos en este tipo de regulaciones. Escazú implicará mejorar lo existente, de manera progresiva y colaborativa, con un “estándar regional”, de reglas claras y enfocadas en canalizar adecuadamente las preocupaciones de los ciudadanos en temas ambientales, para avanzar en una tutela efectiva y en la disminución de los conflictos. Se hace cargo, especialmente, de algo trascendental: informar y escuchar a los territorios locales, sus comunidades, con especial atención hacia aquellos más vulnerables.

El acceso a la información es la base fundamental de la toma de decisiones, pues permite al público comprender realmente las implicancias de lo que sucede en su entorno, permitiéndoles tomar decisiones informadas, entender lo resuelto por los gobiernos y ser capaces de asumir un papel activo en la fiscalización. Por su parte, la participación pública permite a las comunidades expresar sus puntos de vista y opiniones, impugnar decisiones, e incidir en las políticas que pueden afectar a sus medios de vida, su salud y el ambiente. Y el acceso a la justicia ofrece las vías necesarias para cuestionar las decisiones y obtener una reparación legal, en caso de daños personales y ambientales. En cuanto a los defensores ambientales, se busca garantizar entornos seguros y propicios en donde puedan actuar sin amenazas, restricciones e inseguridad; tomar medidas adecuadas y efectivas para reconocer, proteger y promover todos sus derechos, incluidos su derecho a la vida, integridad personal, libertad de opinión y expresión, derecho de reunión y asociación pacíficas y derecho a circular libremente; y tomar medidas apropiadas, efectivas y oportunas para prevenir, investigar y sancionar ataques, amenazas o intimidaciones a los cuales sean sometidos.

América Latina y el Caribe es una región valiosa y estratégica, rica en su biodiversidad y el conocimiento de sus culturas locales. Sus características naturales nos permiten asegurar gran parte de la biodiversidad del planeta, el establecimiento de energías renovables, una mayor captura de carbono basada en soluciones basadas en la naturaleza, la seguridad alimentaria de muchos, entre otros objetivos sustentables, lo que lamentablemente, nos hace blanco también de la ambición e irresponsabilidad de muchos. Pero las pérdidas que hemos sufrido y lo vulnerables que somos a los efectos del cambio climático, nos debe mover a repensar nuestro futuro y avanzar hacia un Estado de Derecho Ambiental sólido, que garantice una fuerte protección de nuestros ecosistemas.

Todas estas nuevas decisiones, la transformación ecológica que estamos obligados a asumir, las debemos tomar con una participación informada y efectiva. Escazú ofrece un camino, que proporciona oportunidades para la resolución de disputas y para mejorar la calidad de las decisiones adoptadas, empoderando a quienes han sido marginados. Sólo así nuestras políticas públicas podrán ser eficaces, se reforzará la solidaridad colectiva y el sentido del bien común y, con ello, el cumplimiento voluntario del ordenamiento jurídico. En el fondo, una mayor participación redundará en mejores decisiones, menos inequidades o injusticias ambientales y, con ello, menos conflictos sociales y menos destrucción ambiental.

Citación académica sugerida: Delgado Schneider, Verónica: Estado de Derecho Ambiental y el Acuerdo de Escazú para América Latina y el Caribe, 2020/09/30, https://dutapp.com/estado-de-derecho-ambiental-y-el-acuerdo-de-escazu-para-america-latina-y-el-caribe

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ACERCA DE LA AUTORA
Dra. Verónica Delgado Schneider

Profesora Asociada Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Concepción Chile. Directora del programa derecho, Ambiente y Cambio Climático y directora de la @RevderechoUdeC.

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Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

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Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.

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Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).

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Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.

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Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.

Salvador Herencia-Carrasco

Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.

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Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

Alfonso Herrea

Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.