El caso X v. Camboya: contexto omitido, oportunidad perdida

17 de Octubre de 2023
El caso X v. Camboya: contexto omitido, oportunidad perdida
Foto. Deepak kumar en Unsplash.

¿De qué manera la decisión en el caso X v. Camboya de la CEDAW, sobre los derechos de una mujer rural defensora de derechos humanos, impacta en los derechos de las mujeres en nuestra región?

En junio de 2023, el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (Comité CEDAW, o Comité) emitió su decisión en el caso X v. Camboya, donde determinó la responsabilidad internacional del Estado por no proteger a X, una defensora de los derechos humanos, en sus disputas con la empresa KDC International.

Aunque la decisión representa una victoria para X y un avance en la jurisprudencia de derechos humanos respecto al despojo de tierras y mujeres rurales, el Comité no analizó un aspecto fundamental del contexto camboyano y, de esta manera, perdió la oportunidad de desarrollar una teoría más matizada sobre la violencia y discriminación enfrentadas por defensoras de derechos humanos alrededor del mundo.

La decisión en breve

X y su marido tenían un título de propiedad sobre la tierra en una aldea rural de Camboya. La empresa de desarrollo KDC International, con la aprobación implícita del Estado, impidió el uso de las tierras en esta aldea y, eventualmente, las destruyó. Frente a estos abusos, X luchaba por sus derechos y los derechos de su comunidad. Fue amenazada de muerte por KDC International y sujeta a procesos penales por el Estado, el cual además no respondió a varias peticiones de X respecto a sus derechos.

El Comité CEDAW determinó que el Estado de Camboya había violado los derechos de X porque no la había protegido de la violencia y discriminación que sufrió de las manos de KDC International. Además, no había cumplido con su obligación de eliminar la discriminación interseccional enfrentada por X como mujer rural y había respondido a su activismo con criminalización, en lugar de acceso a la justicia. Por eso, el Comité recomendó al Estado asegurar los derechos de X como dueña de sus tierras y defensora de derechos humanos, así como los derechos a la tierra y a la justicia de otras mujeres rurales.

El Comité no analizó estereotipos de género en esta decisión, a pesar de la mención de, por lo menos, un estereotipo en la petición de X. Al describir la criminalización que enfrentó por causa de su activismo, X explicó que ‘las mujeres suelen verse mucho más afectadas que los hombres dada la opinión generalizada de que las mujeres son “más débiles” que los hombres y se dejan intimidar con mayor facilidad y “eficacia”’. El Comité CEDAW no tomó nota de la función de este estereotipo en el caso de X. Lo único que hizo fue comentar, en general, que ‘los defensores de los derechos humanos de las mujeres rurales a menudo corren riesgo de sufrir violencia cuando trabajan’. En vez de abordar el contexto específico de X, el Comité reprodujo la asunción esencialista de que las mujeres, especialmente las mujeres del Sur Global (porque en su trabajo sobre mujeres rurales las Naciones Unidas típicamente enfocan en las mujeres rurales del Sur Global), suelen ser víctimas aun cuando actúan como defensoras de derechos humanos.

Contexto omitido

Si el Comité CEDAW hubiera abordado el contexto específico del caso de X, habría descubierto que las defensoras de derechos humanos en Camboya toman decisiones estratégicas de romper con o apelar a los estereotipos de género, como aquello subrayado por X y varios otros que explico a continuación. Estas estrategias funcionan para aumentar o disminuir su vulnerabilidad a la discriminación y la violencia, a veces simultáneamente.

Las defensoras de derechos humanos camboyanas han resistido a, y hasta rompido, los estereotipos de género. Su mera participación en activismo las involucra en la esfera pública y masculina, mientras reduce el tiempo que dedican a labores domésticos y cuidado de la niñez. Este cambio a veces ha instigado a la participación más activa del hombre en las tareas del hogar, pero también ha resultado en casos de violencia doméstica. Algunas de sus protestas también han indicado un rechazo de estereotipos de género, como el acto de quitarse la ropa, el cual contradice las normas de pudor y timidez asociadas con las mujeres. Cuando el Estado o una empresa las recibe con violencia, no solo suprime la defensa de derechos, sino también intenta castigar a las mujeres por desafiar estereotipos.

Al mismo tiempo, la presencia de mujeres en los movimientos para el derecho a la tierra en Camboya ha ido aumentando por varias razones relacionadas con los estereotipos de género. Una es que las mujeres camboyanas en general tienen mayor responsabilidad que los hombres en el mantenimiento de la casa, que se ve afectada por el despojo de tierra, por lo que su activismo representa una extensión de su rol tradicional de esposa y madre. Las defensoras han apelado a este estereotipo en algunas de sus acciones; por ejemplo, han usado sombreros con nidos durante sus protestas para enfatizar su conexión con sus hogares. Otra es que las mujeres son percibidas como más pacíficas que los hombres, así que su participación en las líneas del frente de las protestas supuestamente resultará en menos violencia. Los hombres siguen involucrados en puestos de menor visibilidad, pero de igual o quizás mayor importancia (existen debates sobre esto, así como por lo menos un caso en que los hombres reemplazaron a las mujeres en posiciones de liderazgo tan pronto como su movimiento pasó de las protestas informales a una organización más institucionalizada).

Estas interacciones complejas de estereotipos son fundamentales para entender la situación de las defensoras rurales camboyanas. Las manifestaciones de las defensoras subrayan su agencia y poder y, al mismo tiempo, revelan las raíces de la discriminación y la violencia contra ellas y la dificultad de lograr una transformación duradera en los roles de género.

Oportunidad perdida

Al omitir un análisis de este aspecto del contexto camboyano, el Comité CEDAW perdió la oportunidad de promover una visión matizada de las razones por las cuales las defensoras de derechos humanos enfrentan violencia y discriminación, no solo en este caso, sino que en general. Una visión como aquella ha sido promovida por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la cual reconoce que la decisión de defensoras de luchar por sus derechos, muchas veces en sí constituye un acto de desafiar estereotipos de género y raza sobre las esferas y actitudes adecuadas a su sector demográfico. Y una visión que, además, toma en cuenta que los actos realizados por las defensoras pueden desafiar o perpetuar los estereotipos, dependiendo de la estrategia adoptada.

Aunque el Comité perdió la oportunidad para hacer este análisis en el caso de X, no lo hizo para siempre. Sugiero que el Comité elabore una recomendación general sobre la defensa de derechos, incluido un análisis interseccional, y a fondo, de la función de los estereotipos de género en su labor. Tener una teoría de los estereotipos de género, como la raíz de la violencia y la discriminación contra defensoras de derechos humanos, lo hará más atento a la presencia de estos estereotipos en futuros casos, y menos propenso a perpetuar la idea esencialista de que las mujeres rurales sufren de alguna vulnerabilidad innata por su género y raza.

Citación académica sugerida: Tueller, Jessica. El caso X c. Camboya: contexto omitido, oportunidad perdida. Agenda Estado de Derecho 2023/10/17. Disponible en: https://dutapp.com/el-caso-x-v-camboya/

Palabras clave: Camboya, defensa de derechos humanos, CEDAW, derechos de las mujeres.

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ACERCA DE LA AUTORA
Jessica Tueller

Forrester Fellow en la Facultad de Derecho de la Universidad de Tulane.

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Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

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Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.