Una delegación de facultades que amenaza el derecho a la protesta en el Perú

5 de Octubre de 2023
Una delegación de facultades que amenaza el derecho a la protesta en el Perú
Crédito foto: Voz de América

¿Medios de comunicación como instigadores de hechos de violencia en el marco de las protestas? ¿Qué retos surgen de esta iniciativa legislativa peruana?

El pedido de delegación de facultades y sus peligros

En julio de 2023, el gobierno de Dina Boluarte, actual presidenta del Perú, presentó el Proyecto de Ley No 5632/2023 al Congreso de la República solicitando una delegación de facultades legislativas, de acuerdo con el artículo 104 de la Constitución peruana. Se trata de un pedido de delegación por un periodo de 120 días que incluye una amplia diversidad de temas y varios ejes. Dentro del eje sobre seguridad ciudadana, se solicita modificar el Código Penal en materia de delitos contra la seguridad pública y tranquilidad pública. El pasado 23 de septiembre, el Congreso ha aprobado dicha delegación.

En la exposición de motivos, se encuentran una serie de afirmaciones que han puesto una alerta contra diversos derechos. Por un lado, el documento señala que las protestas desde el 7 de diciembre de 2022 en adelante –las mismas que fueron motivadas luego de que un desprestigiado Congreso de la República aprobó una vacancia contra el ex presidente Pedro Castillo por intento de golpe de estado–, tuvieron “altos niveles de violencia”. Sin embargo, se ignora que la inmensa mayoría de las manifestaciones no presentaron incidentes violentos, de acuerdo al reporte de la Defensoría del Pueblo. Por otro lado, señala que se busca “sancionar a los instigadores del delito de disturbios […], ilícitos que muchas veces han sido cometidos a consecuencia de instigación incluso de funcionarios públicos y de comunicadores”.

Estas afirmaciones apuntan ostensiblemente a la aprobación de normas que restringen el ejercicio de derechos y libertades fundamentales. En su informe sobre las protestas en el Perú, la CIDH observó que la respuesta de las fuerzas estatales tuvo graves episodios de uso excesivo, desproporcionado e indiscriminado de la fuerza, registrando en algunos casos graves violaciones de derechos humanos hasta la comisión de ejecuciones extrajudiciales (párrs. 289 y 290). Frente a este escenario adverso a los derechos humanos, es preciso afirmar el carácter democrático de las protestas sociales contra el gobierno y desarrollar argumentos en defensa de los derechos amenazados.

El rol democrático del derecho a la protesta

En el ámbito universal, el Consejo de Derechos Humanos ha establecido que las manifestaciones pacíficas pueden aportar al desarrollo, fortalecimiento y la efectividad de los sistemas y los procesos democráticos. En el Sistema Interamericano, la CIDH ha reconocido que la protesta está estrechamente vinculada a la promoción y defensa de la democracia (párr. 4).

A través del pedido de delegación, el gobierno pone como subtexto una lectura restrictiva y criminalizadora del derecho a la protesta. El hecho de que hayan ocurrido episodios de violencia en el marco de protestas masivas y continuas no es justificación para declarar las protestas como violentas en términos generales. Cuando se cometen alteraciones al orden público, la obligación del Estado es actuar respetando los principios de derecho internacional sobre el uso de la fuerza e individualizar los hechos ilícitos.

Estas interpretaciones limitantes del derecho a la protesta menoscaban la capacidad de participar en la vida democrática, expresando voces en la deliberación pública que de otra forma no serían canalizadas. Como ha señalado el jurista Roberto Gargarella, el derecho a la protesta es el primer derecho en la medida en que defiende el acceso a otros derechos, especialmente de poblaciones vulnerables, históricamente discriminadas y en situaciones de necesidad. En este sentido, las medidas de fuerza en el marco de protestas, como los cortes de ruta, las tomas de instalaciones o escraches públicos, deben ser analizados con criterios de ponderación entre derechos y tomando en cuenta las circunstancias de cada caso concreto.

Los patrones de la criminalización de protestas: Restricciones a la libertad de expresión y el uso de la instigación

El fenómeno de criminalización de las protestas sociales es un hecho extendido en América Latina, a través del uso indebido del derecho penal para perseguir penalmente a las defensoras y defensores de derechos humanos, con el objetivo de desprestigiar o disuadir sus labores. En el Perú, la criminalización se ha presentado con especial incidencia en zonas rurales y en conflictos socioambientales. Se podría decir que la lamentable novedad es que en los últimos meses el fenómeno se ha extendido hacia las ciudades y las muertes han ocurrido en un tiempo relativamente corto. Sin embargo, las acciones violatorias son las mismas desde hace años: abusos en el uso de la fuerza, detenciones arbitrarias, malos tratos y torturas, ejecuciones extrajudiciales, censura y cierre de medios de comunicación, entre otras.

Sobre las amenazas a la libertad de expresión, el pedido de delegación de facultades, aprobado recientemente por el Congreso, manifiesta un interés en sancionar penalmente como instigadores a los medios que “incitan” a hechos de violencia. Esto resulta problemático pues cualquier forma de instigación al delito ya se encuentra sancionado en el ordenamiento, por lo que la propuesta del gobierno parece apuntar a crear nuevas figuras para incluir como autores de disturbios o entorpecimiento de servicios a los medios que ejercen su libertad de expresión y cuyo rol constituye un presupuesto esencial para la garantía de acceso a la información.

Sobre el uso de la instigación, el gobierno plantea extender su aplicación vinculándolo con tipos penales relativos al orden público. En el Perú, existen cientos de procesos penales abiertos en contra de líderes indígenas por considerarlos “instigadores”, “coautores no ejecutivos” o “autores mediatos”. La Fiscalía intenta imputar delitos a los dirigentes sociales por el solo hecho de serlos, pues considera que como líderes mantienen el dominio del hecho por cualquier delito que se cometa en las protestas que ellos convocan. Se trata de una práctica que trasgrede principios elementales de las garantías del debido proceso penal.

En resumen, la delegación de facultades que el Congreso recientemente ha otorgado en favor del Ejecutivo se realiza en un marco de crecientes sospechas sobre su talante autoritario, poca transparencia y rendición de cuentas, y constituye una amenaza contra los derechos y libertades democráticos. Un estado constitucional de derecho exige que toda política o ley aprobada se adecúe a estándares internacionales y tenga como fin último la dignidad del ser humano, lo que dista ampliamente del proyecto de ley en cuestión.

Citación académica sugerida: Saldaña Cuba, José. Una delegación de facultades que amenaza el derecho a la protesta en el Perú. Agenda Estado de Derecho. 2023/10/05. Disponible en: https://dutapp.com/derecho-a-la-protesta-en-el-peru/

Palabras clave: Perú, protesta social, libertad de expresión

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ACERCA DEL AUTOR
José Saldaña Cuba

Candidato a doctor en derecho por McGill University (Canadá). LLM en Derechos Humanos por University of Notre Dame (EE. UU.). Profesor universitario, investigador en derecho comparado y abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú.

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Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

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Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.

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Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.

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Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.