La información pública relativa al personal judicial en El Salvador: ¿fuera del alcance del ciudadano?

31 de Mayo de 2023
La información pública relativa al personal judicial en El Salvador: ¿fuera del alcance del ciudadano?
Foto. Pxhere

Tras una purga en el órgano judicial, la Corte Suprema de Justicia se niega a publicar información sobre quiénes son y cuál es el perfil de los nuevos jueces y magistrados ¿Cómo afecta esto la lucha contra la corrupción?

Acceso a la información pública como derecho humano

Según la Sala de lo Constitucional de El Salvador en la Inconstitucionalidad 13-2012, el derecho de acceso a la información pública tiene como presupuesto el derecho de investigar o buscar y recibir informaciones de toda índole, pública o privada, que tengan interés público.

El principio democrático del Estado de derecho (art. 85 de la Constitución), impone a los poderes públicos el deber de garantizar la transparencia y la publicidad en la Administración, así como la rendición de cuentas sobre el destino de los recursos y fondos públicos (Considerando III numeral 1).

Por su parte, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), en el Caso Claude Reyes y otros Vs. Chile ha afirmado que:

los Estados deben garantizar la protección al derecho de acceso a la información bajo el control del Estado, dentro de las cuales debe garantizar la efectividad de un procedimiento administrativo adecuado para la tramitación y resolución de las solicitudes de información, que fije plazos para resolver y entregar la información, y que se encuentre bajo la responsabilidad de funcionarios debidamente capacitados. (párrafo  163).

En El Salvador, la ley que rige este tipo de procedimientos es la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP).

Sin embargo, en el país, se dieron acontecimientos que incidieron negativamente en el respeto y protección efectiva de este derecho.

Acontecimientos en El Salvador

La relevante labor de tutela que realizaban el Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP), la Sala de lo Constitucional y la Corte Suprema de Justicia decayó abruptamente, por la intromisión del Órgano Ejecutivo en la integración de dichas Instituciones.

Esta intromisión tuvo su punto de inflexión el 1 de mayo de 2021, cuando la Asamblea Legislativa, con una mayoría calificada de diputados y del mismo partido afín al Presidente Nayib Bukele, destituyó a todos los magistrados propietarios y suplentes de la Sala de lo Constitucional.

Luego de la destitución, la Asamblea inmediatamente nombró a otras personas en dichos cargos sin que se siguiera el procedimiento de selección de Magistrados que establece la Constitución en el artículo 186.

Así, con un Órgano Judicial dócil, se facilitó aún más -posteriormente- la aplicación de las reformas a la Ley de la Carrera Judicial, realizadas por la Asamblea Legislativa en septiembre de 2021, que jubiló forzosamente a aquellos jueces con 60 años cumplidos. La salida de estos juzgadores provocó que se nombraran otros nuevos, sin haber seguido el procedimiento establecido en la Constitución. Es decir, sin que fueran propuestos por el Consejo Nacional de la Judicatura, tal como lo establece el artículo 187 constitucional.

Información relativa al personal judicial ¿reservada?

Ahora bien, como lo afirmaba en IAIP en sus precedentes, los motivos determinantes para emitir una declaratoria de reserva de información prevista en el artículo 19 LAIP, no pueden ser invocados abusivamente por las instituciones obligadas (procedimiento con Ref. 060-A-2017). En consecuencia, para su limitación no basta alegar una causa legalmente establecida, sino que debe existir una justificación objetiva importante.

La información relativa al Órgano Judicial no tiene la característica de ser reservada (art 10 y 13 LAIP), por el contrario, es información oficiosa, que tiene que estar a disposición del público sin necesidad de que se realice una solicitud de información sobre ella. Esto constituye un elemento del principio de máxima publicidad, el cual busca que la información en manos de instituciones públicas sea completa, oportuna y accesible.

Esto conlleva, entonces, a que la Corte Suprema de Justicia no está exenta de publicar la información oficiosa a la que se refieren los artículos 10 y 13 de la LAIP y de actualizarla. Así, el art. 13 literal h) prevé que es pública la nómina de abogados, notarios, jueces y jueces ejecutores con mención expresa de las nuevas autorizaciones, suspensiones e inhabilitaciones.

Asimismo, el artículo 10 numeral 3 establece que todos los entes obligados podrán a disposición del público, divulgarán y actualizarán, por ejemplo, el directorio y el currículo de los funcionarios públicos, incluyendo sus correos electrónicos institucionales.

En ese sentido, los jueces y magistrados, según los precedentes del IAIP,  son servidores públicos que desempeñan una función constitucional y legal de gran importancia, pues tienen a su cargo la facultad de juzgar y hacer cumplir lo juzgado ante la población en general; de modo que sus actuaciones deben adecuarse a los cánones de la legalidad, independencia, probidad e imparcialidad.

Las personas juzgadoras se encuentran sujetas a un mayor escrutinio por parte de la sociedad y, por lo tanto, sus actuaciones salen innegablemente del dominio privado para insertarse en el dominio público, lo cual se asienta no en la calidad del sujeto, sino en el interés y relevancia pública de las actividades que realiza (procedimiento con Ref. 215-A-2015).

Solicitud de publicación

Luego de expulsar a más de 200 jueces de la carrera judicial y de haber nombrado a otros, desde el Centro de Asesoría Legal Anti-Corrupción de El Salvador (ALAC) se solicitó a la Unidad de Acceso a la Información Pública del Órgano Judicial,el listado de jueces a nivel nacional (nombres completos y lugar donde fueron ubicados) esto, luego de entrar en vigencia las reformas a la Ley de la Carrera Judicial el 26-09-2021”.

Asimismo, se solicitó la cantidad de juzgadores, edad, género y los criterios utilizados para la contratación. Sin embargo, la información no fue entregada porque la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia expresó que era imposible entregarla porque implica un riesgo a la seguridad e integridad física de los funcionarios judiciales.

En esta denegatoria, no se argumentó por qué revelar la información solicitada pondría en riesgo a los jueces. Tampoco expresó las razones del por qué una información que siempre había sido oficiosa tiene ahora carácter reservado. Y es que, por el contrario, sí debería permitirse el acceso porque el listado de los nombres de los jueces -como se explica en este texto- tiene el carácter de información oficiosa. Sí es de interés público conocer quiénes son aquellos abogados que llegaron a cubrir los cargos de los jueces y magistrados retirados.

Meses después, la Corte también se negó a entregar información relativa a las hojas de vida de los funcionarios judiciales e incluso sobre el proceso de selección y nombramiento de estos por tener el carácter de “reservado”.

Conclusiones

El derecho de acceso a la información pública es un derecho fundamental reconocido por la jurisprudencia constitucional e internacional, y a pesar de su desarrollo exhaustivo en precedentes jurisprudenciales, su obstaculización y desaliento en su ejercicio en El Salvador es ahora una constante.

La reserva de los nombres de los jueces y magistrados del Órgano Judicial, sus hojas de vida y su proceso de nombramiento son ahora un secreto.

¿Cómo poder tutelar este derecho, si actualmente no se cuenta ni con un IAIP ni con una Sala de lo Constitucional independientes, a las que se pueda acudir para la tutela del acceso a la información pública?

La falta de acceso a dicha información es un obstáculo para identificar casos de corrupción y nepotismo en el Órgano Judicial y -como ya lo han reportado algunos medios-, genera un efecto desaliento en otros derechos fundamentales como el de libertad de expresión, libertad de información y derecho a un juez ordinario predeterminado por la ley, independiente e imparcial.

Citación académica sugerida: Santos, Sandra. La información pública relativa al personal judicial en El Salvador: ¿fuera del alcance del ciudadano? Agenda Estado de Derecho. 2023/05/31. Disponible en: https://dutapp.com/la-informacion-publica-relativa-al-personal-judicial-en-el-salvador/

Palabras clave: El Salvador, Estado de derecho, acceso a la información pública, opacidad, corrupción

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ACERCA DE LA AUTORA
Sandra Santos

Catedrática Universitaria en las materias Derecho Constitucional, Derecho Procesal Constitucional y Derecho Procesal Civil. Abogada graduada de la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas (UCA). Posee una Maestría en Derecho Penal Constitucional  de la UCA y es egresada de la Maestría en Derecho Procesal Constitucional de la Universidad Lomas de Zamora, Buenos Aires, Argentina. Formó parte del equipo de coordinadores y colaboradores jurídicos de la Sala de lo Constitucional de El Salvador durante el periodo de 2005 a 2017.

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Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

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Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.