El Equipo Editorial de Agenda Estado de Derecho conversó con destacadas personas para identificar los desafíos y oportunidades que enfrenta el Sistema Interamericano de Derechos Humanos en el 2023.
Para el portal Agenda Estado de Derecho es esencial reflexionar y servir de tribuna de voces expertas que conocen el Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH) para que tanto critica, como propositivamente reflexionen sobre los aspectos positivos y negativos de lo que está pasando con la supranacionalidad en la región.
En América Latina y el Caribe, la desigualdad, la discriminación, la pobreza, las graves violaciones a los derechos humanos y los ataques a la institucionalidad democrática y a los postulados al Estado Social y Democrático de Derecho, afectan a diversos países del continente, con un impacto diferenciado en aquellos grupos que se encuentran en especial situación de vulnerabilidad.
Es necesario reflexionar sobre qué debe y qué puede hacer el SIDH y, en concreto, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), para expandir lo más posible su área de influencia y el impacto de su jurisprudencia, con miras a una mayor protección, garantía y efectividad de los derechos humanos de cada uno de los habitantes de la región.
Los entrevistados coinciden en cuestiones de fondo y forma que pueden y deben ser mejoradas tales como: la carga de trabajo y atraso procesal, la politización y falta de imparcialidad, el rol de la academia que debe ser menos abstracta y más concreta así como útil a los problemas reales y en general en la importancia de reaccionar de una forma innovadora a los desafíos del Siglo XXI.
Para comprender cuáles son los retos y oportunidades que actualmente afronta el SIDH, entrevistamos a cuatro especialistas, funcionarios del SIDH o voces expertas de la academia y sociedad civil, en cuestiones vinculadas al tema. Aquí sus perfiles:
Un primer desafío importante es lograr que más Estados ratifiquen la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) y acepten la jurisdicción contenciosa de la Corte IDH. La condición básica para el buen funcionamiento de un sistema internacional de protección de los derechos humanos, es que los Estados formen parte de él. Es cierto que la Convención no es el único tratado del SIDH, y que la Carta de la OEA, la Declaración Americana, el Estatuto y Reglamento de la CIDH proveen una base normativa para que ese organismo pueda desarrollar sus funciones respecto de todos los Estados de la OEA. Sin embargo, el sistema de protección que provee la Convención es más completo, contemplando no sólo la acción de la CIDH, sino además la acción de un órgano adicional, la Corte IDH, que agrega un elemento distintivo al sistema, en el contexto de toda la estructura de DD.HH. que establece dicho tratado. Por lo tanto, la ratificación de la Convención Americana y el reconocimiento de la competencia de la Corte IDH, es trascendental. En este punto hay que considerar la magnitud del desafío. Los Estados parte de la Convención son 24 y, de aquellos, 21 reconocen la jurisdicción contenciosa de la Corte IDH. Sin embargo, la OEA tiene 34 miembros activos. Claramente, hay un trecho importante por cubrir en términos de universalización de la CADH.
De lo anterior se desprende un segundo desafío. En la práctica, buena parte de los países anglófonos del continente están fuera de la protección que implica la jurisdicción de la Corte IDH. Esto último hace que nuestro sistema regional sea menos diverso que la región que abarca. En este sentido, creo que junto con la universalización del SIDH, un reto muy importante es integrar mejor la tradición del common law en el derecho interamericano de los derechos humanos, como un camino para lograr acercarse a países que actualmente no reconocen la competencia de la Corte, o que derechamente no son parte de la Convención.
Un tercer reto que se vincula con la universalización, es involucrar mejor a los Estados en la aplicación del derecho regional de los DD.HH. Es importante que los Estados lo puedan internalizar y hacer propio, comprendiendo que el respeto por las normas también permite desarrollar de mejor forma la función pública, incluso a nivel muy concreto, ayudando a los funcionarios públicos que están en terreno a realizar sus tareas de forma más satisfactoria y justa.
Otro reto a destacar del SIDH en su conjunto, es el rezago procesal. En la CIDH, según datos publicados por este organismo, ha habido un aumento sostenido de las peticiones recibidas, lo que llevó a que en los últimos 20 años la demora en la tramitación implicara “un retraso de más de 25 años en la etapa de fondo; más de 15 años en admisibilidad; procesos de solución amistosa que habían demorado más de 20 años de negociación; y una tramitación con retrasos considerables”. La CIDH ha desplegado importantes esfuerzos en relación a este tema, entre los que destaca haber terminado con el rezago en los casos en apertura a trámite, y el aumento de informes de admisibilidad y fondo (por ejemplo, en 2016 la CIDH aprobaba 45 informes de admisibilidad y 16 de fondo, y en 2020 aprobó 290 de admisibilidad y 67 de fondo). Pero la tramitación de un caso en el SIDH sigue demorando años, cuando no décadas. Aunque el retraso procesal ocurre a nivel de la CIDH —y no de Corte IDH—, esta situación sí plantea un desafío muy importante al Sistema en su conjunto, pues afecta la posibilidad de las víctimas de obtener una justicia oportuna, así como la participación en el juicio de todas las partes (también de los Estados) que deben, en muchos casos, referirse a hechos sucedidos hace décadas, con las dificultades que ello implica en términos de prueba de los hechos.
Otro desafío que siempre será relevante es el financiamiento. Desde los llamados “Acuerdos de Cancún” en 2017, los Estados de la OEA han prácticamente duplicado el financiamiento del fondo regular a la Corte IDH y a la CIDH. Esto constituye un avance muy importante. Sobre todo, entendiendo las dificultades económicas que generó la pandemia, se debe mantener este nivel de financiamiento, propendiendo a que los aportes regulares de la OEA sustenten el total de las operaciones del SIDH.
Otro reto es la accesibilidad de la jurisprudencia de la Corte IDH. Si ésta debe ser aplicada por los órganos de los Estados, y ser conocida por una ciudadanía interesada, la Corte IDH debe ayudar a facilitar la comprensión de sus propios fallos. Aquí son destacables los esfuerzos que ya viene haciendo la Corte IDH por capacitar funcionarios, difundir sus estándares, proveer resúmenes de sentencias, explicar de forma didáctica su funcionamiento, entre otras medidas. En este punto, creo que sería positivo explorar otras medidas, tales como intentar que los fallos de la Corte IDH sean más breves, sin sacrificar rigor jurídico (que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos produzca sentencias en general mucho más cortas sugiere que esto es posible), y en un lenguaje claro y accesible, no sólo para los expertos del SIDH.
Otro elemento, tal vez más específico, es el relacionado con las Opiniones Consultivas (OC). Hasta diciembre de 2022, la Corte IDH ha emitido 29 OC y ha rechazado 5. No son números altos. Varios Estados nunca han presentado solicitudes de OC. La OC me parece que es un mecanismo muy valioso para que los Estados y la CIDH vayan aclarando dudas de interpretación, especialmente en un sistema jurídico que está en desarrollo y que está creciendo de forma importante, lo que sin duda genera cuestiones jurídicas que se deben resolver. En este sentido, se podría explorar hacer un trabajo con los Estados, para hacer presente que las OC son instrumentos útiles para resolver sus propias inquietudes de forma autorizada y entregándoles certeza jurídica.
Finalmente, me parece que los desarrollos de los tribunales nacionales, que son claves para aplicar el derecho interamericano, podrían recibir una mayor acogida en la jurisprudencia de la Corte IDH. Pienso que sería beneficioso incrementar el diálogo jurisprudencial, en términos de que la Corte reconociera y destacara en sus sentencias, no sólo aquellos fallos que aplican los criterios de la Corte, sino también aquellos que dan cuenta de elaboraciones originales de los tribunales nacionales, que amplíen la protección de los derechos humanos. Esto ayudaría a estrechar la relación entre el SIDH y los sistemas jurídicos nacionales, donde finalmente se debe aplicar el DIDH. Me parece que todos estos retos son prioritarios y se podría avanzar en cada temática en forma conjunta y coordinada.
El primer reto que enfrenta el SIDH es continuar teniendo un impacto en las sociedades, con el propósito de promover un cambio social al interior de los Estados y así brindar una amplia protección en materia de derechos humanos. A lo largo de 60 años, es mucho el trabajo que ha hecho la CIDH y la Corte IDH, avanzando hacia la creación de un verdadero derecho interamericano de los derechos humanos, con estándares claros y definidos. Ahora bien, ¿cómo seguir con ese impacto? No es una respuesta fácil, sobre todo por los tiempos complejos que vivimos. Creo que la CIDH puede continuar por esa vía, a través de los mecanismos previstos en la Convención Americana y en el propio Reglamento de la CIDH. Adicionalmente, no se debe olvidar que la CIDH cumple un rol de complementariedad a los sistemas nacionales. En este contexto, la CIDH debe buscar su propio
nicho de complementariedad, con el fin de empujar a los actores nacionales para seguir este camino progresivo de extensión de derechos.
El segundo reto dice relación con la universalidad del SIDH, entendiéndolo en dos dimensiones. Una primera dimensión, es lograr un mayor número de Estados partes para la CADH y para los diez tratados en materia de derechos humanos, creados bajo el alero de la OEA. No tenemos ratificaciones nuevas. Por el contrario, en los últimos años, hemos visto la denuncia de la Convención por Trinidad y Tobago, y Venezuela. Entonces, llegamos a un momento en que entramos a un status quo, del que nadie se mueve. Este es un desafío que tiene la CIDH, desde el punto de vista de la universalidad.
Adicionalmente, tenemos una segunda dimensión, aún más importante: la manera en la que los Estados se comportan frente a la CIDH. Personalmente, observo que hay distintos grados de comportamiento de los Estados ante la CIDH, estando muy vinculado a la voluntad de cooperar. Así, encontramos Estados en donde hay una plena voluntad de cooperación, pero hay otros en donde —independiente de si son Estados partes de la Convención Americana o solo son signatarios de la Declaración Americana—no se comportan en tal sentido. Esto creo que es crucial, porque no debemos quedarnos únicamente en ver el tema desde la perspectiva formal, es decir, desde la adhesión a instrumentos. Sino que, tenemos que ver cómo operativizamos y materializamos tales tratados en la práctica.
Primero, la capacidad institucional y el cumplimiento de las decisiones, tanto de la CIDH como de la Corte IDH. Estos problemas son intergeneracionales o históricos, continuando hasta el día de hoy. Algunos de estos retos no dependen solo de los órganos del SIDH. Sin embargo, tales tienen un rol esencial en la búsqueda de alternativas para hacer frente a este tipo de situaciones. Es fácil decir que la sociedad civil y la academia son un brazo fundamental del SIDH, pero ese brazo, que a veces es más voluntarioso, necesita algún tipo de apoyo y acompañamiento para enfrentar situaciones de discriminación estructural.
Segundo, estamos viendo en los últimos años una regresión en términos democráticos y de derechos humanos, en diversos países de la región (por ejemplo, en Nicaragua). En tal sentido, el hecho de que se haya tenido que hacer una Opinión Consultiva en la Corte IDH, sobre la figura de la reelección presidencial indefinida en sistemas presidenciales, no es coincidencia, ya que tiene un elemento muy importante ante los retos que enfrentamos en la actualidad.
Tercero, aunado a los clásicos temas de democracia y derechos humanos, existen retos y desafíos con respecto a nuevos asuntos: la corrupción y su impacto en los derechos humanos, la responsabilidad empresarial, la criminalización de defensores de derechos humanos, entre otros. Todos ellos deben ser una prioridad para los órganos del SIDH.
El SIDH enfrenta retos de muy diversa índole. Algunos más políticos, otros relacionados con problemas globales emergentes y otros no menos importantes de carácter institucional.
Dentro de los desafíos políticos está el incremento de países en los que se perciben deterioros progresivos del Estado de derecho y el aumento de los populismos que, lamentablemente, coinciden con posiciones antagónicas hacia el SIDH, bajo entendimientos obsoletos de soberanía.
En el caso de los problemas globales emergentes, sin duda contextos como el de la pandemia del COVID-19, la emergencia climática o los innegables desafíos para los derechos humanos derivados de ciertas tecnologías, exigen de la CIDH y de la Corte IDH una respuesta oportuna, capaz de orientar a los Estados a dar respuestas a estos nuevos contextos basadas en los derechos humanos. La desigualdad estructural y, especialmente, la desigualdad socioeconómica que alcanza niveles elevadísimos en la región, sigue siendo la principal responsable de violaciones a los derechos humanos y de impactos diferenciados de los contextos emergentes. El SIDH debe equiparse mejor, a través de todos sus mecanismos, para enfrentar la desigualdad estructural.
Con respecto a los desafíos institucionales, especialmente la CIDH continúa enfrentando el problema del atraso procesal que, no por ser antiguo, es menos urgente. Como consecuencia de este problema, el SIDH no está en condiciones de cumplir la promesa de justicia interamericana para las miles de víctimas que no encuentran justicia ni reparación en sus países. Eso debilita al sistema y pone en entredicho sus posibilidades de responder oportunamente, mediante sus mecanismos más robustos, a los problemas actuales de la región.
Otro desafío institucional tiene que ver con la necesidad urgente de diversidad real en los órganos del SIDH. Si bien se ha mejorado mucho en materia de género, la diversidad racial, étnica y la presencia de personas con discapacidad, por ejemplo, sigue siendo una deuda en el SIDH. Creo que los órganos del SIDH no tienen el privilegio de priorizar desafíos. Deben atenderlos todos, que se suman a la persistencia de los viejos desafíos, de manera integral.
Desde el punto de vista de los Estados, como ya lo señalé anteriormente, me parece clave que más Estados acepten la competencia de la Corte IDH, y que todos aquellos que formen parte del SIDH recurran al mecanismo de las OC, en los términos ya referidos. Por otra parte, es importante que los Estados desarrollen actividades de capacitación permanente, tendientes a prevenir actos que pudieran dar lugar a responsabilidad internacional de los mismos y que creen mecanismos eficaces que permitan dar cumplimiento a las sentencias de la Corte IDH. En este sentido, creo que es importante que los Estados se comprometan en la tramitación de los casos ante el SIDH, desde su inicio hasta su término.
También es relevante revisar las decisiones de la Corte IDH respecto de otros Estados, pues hay muchos temas que —más allá de las especificidades de cada caso—involucran desafíos para la región en su conjunto, como por ejemplo, las condiciones de vida de las personas privadas de libertad o la situación de discriminación que muchas veces enfrentan las personas LGTBIQ+, con discapacidades o que pertenecen a pueblos originarios, entre otros grupos históricamente vulnerables.
Desde un prisma dialógico, la sociedad civil y la academia contribuyen a enriquecer el proceso de toma de decisiones respecto de los casos que conoce el SIDH, a través de los amicus curiae y también, por cierto, analizando desde distintas perspectivas, tanto las decisiones de la Corte IDH como los desafíos que tiene el SIDH por delante.
Existe una premisa fundamental y es que hoy todos los Estados que han asumido compromisos en materia del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, han de tener voluntad de cooperación para el cumplimiento de los instrumentos jurídicamente vinculantes que han ratificado. Los Estados han asumido soberanamente obligaciones en la materia y, en tal sentido, también hay que tener en cuenta los distintos roles que juegan los actores concernidos en la amplia gama de los derechos humanos. Y es que la mayoría de los resultados que se dan en este contexto, son producto de movimientos sociales que se han dado al interior de los Estados, que exigen a sus representantes que participen en las negociaciones internacionales y que luego exigen que asuman esos compromisos. En tal sentido, considero que aquí hay un mensaje tanto para los Estados, de hacerse cargo de su compromiso con los derechos humanos asumidos de manera soberana y voluntaria, como para la sociedad civil, como actor coadyuvante en esta misión de efectivización de estos compromisos.
Adicionalmente, la academia también tiene un papel fundamental. No solo para hacer un análisis jurídico de las decisiones, sino que también teniendo un rol de profundización acerca de la comprensión del papel que juegan los organismos internacionales de derechos humanos. Esto último, en cuanto a su impacto, límites, debilidades y desafíos. En una época caracterizada por una crisis del multilateralismo, creo que es muy importante entender dónde están los actores del SIDH, con el fin de hacer efectivo el sistema.
Los Estados tienen que aportar acción. El presupuesto de la CIDH, del fondo ordinario, fue para 2021 de diez millones de dólares. En cambio, para la Corte IDH fue de ocho millones, más los fondos especiales, resultando un total de veinticinco millones. Este monto es muy bajo, considerando que se debe trabajar y enfrentar los retos de 35 países. En tal sentido, el primer elemento que los Estados deben tener en cuenta es el aumento significativo de las contribuciones, para así fortalecer al SIDH.
Con respecto a la sociedad civil y la academia, ambos actores deben tener una mayor participación, a través de la expansión del abanico de instituciones que intervienen en el SIDH. Frecuentemente, vemos que hay ciertos grupos y organizaciones que, de cierta forma, tienen un papel preponderante, puesto que han llevado casos y tienen experiencia en el manejo del SIDH. Sin embargo, hay otras organizaciones (de indígenas o de grupos LGBT, por ejemplo) cuya participación es bastante menor. Entonces, creo que también es tarea de todos y todas expandir esta participación y concientizar acerca del rol e importancia de intervenir activamente en el SIDH.
Aunque la academia y la sociedad civil pueden seguir llamando la atención sobre la promesa incumplida de una justicia interamericana oportuna, la responsabilidad recae principalmente en los Estados y en la propia Comisión.
En la propia Comisión porque considero que todavía hay formas de organización institucional que podrían explorarse para fortalecer el área dedicada a las peticiones y casos individuales y, a pesar de un incremento significativo del presupuesto, se crearon nuevas necesidades en vez de atender las deudas históricas con las víctimas. Además, la CIDH tiene la potestad de reformar su propio Reglamento y, aunque existen vías para gestionar de manera más eficiente y expedita el trámite interamericano y los recursos humanos disponibles, esas vías no han sido consideradas con seriedad porque la CIDH ha preferido una posición de hermetismo y cerrazón con su Reglamento. Puedo entender las razones políticas de evitar reformas reglamentarias que podrían debilitar a la CIDH, como ya ocurrió en el 2013. Pero es una realidad que una reforma reglamentaria que determinara unir las etapas de admisibilidad y fondo en todos los casos, tendría el potencial de simplificar los expedientes, evitar duplicaciones e incrementar de manera muy significativa la producción de decisiones de la CIDH.
En cuanto a los Estados, y a pesar de lo que acabo de expresar, el financiamiento al SIDH sigue siendo muy insuficiente para atender la demanda real del sistema de peticiones y casos individuales. Los Estados se quejan del atraso procesal, pero no disponen de las medidas presupuestarias para asegurar que la CIDH y la Corte IDH puedan cumplir con su mandato de manera adecuada. Por otra parte, los Estados deben respetar la autonomía de la CIDH para tomar decisiones dirigidas a mejorar la justicia interamericana. No puede ser que cada vez que la CIDH adopta una medida para enfrentar el atraso procesal, como la acumulación de casos o la acumulación de etapas, son los Estados los que cuestionan esas medidas. Eso afecta la autonomía de la CIDH y limita las posibilidades de hacer las reformas profundas que se necesitan.
Me parece que es positivo que, durante 2022, se haya logrado un mayor balance de género en la composición de la Corte IDH, mediante la incorporación de tres nuevas juezas. Ello es un avance en términos de representatividad y un aporte a la dinámica judicial.
Otro logro para destacar es que se adoptó la modalidad híbrida (virtual y presencial), como una forma permanente de trabajo. Esto permite a la Corte IDH reducir los costos operacionales, sin sacrificar la calidad del trabajo judicial. Los resultados son óptimos, en cuanto a sentencias emitidas y resoluciones dictadas en materia de medidas provisionales y supervisión de sentencias, así como en cuanto a la realización de audiencias.
Por otra parte, la Corte IDH ha empezado a implementar un nuevo sistema de trabajo en lo que concierne a la supervisión de cumplimiento de sentencias, al establecer la figura del juez relator, buscando tener una mayor presencia en los países, en materia de supervisión. También vale la pena hacer referencia a que, por primera vez, la Corte IDH cuenta con un Código de Ética. Finalmente, cabe destacar que la Corte siguió produciendo una importante jurisprudencia en diversas materias, tales como violencia de género, libertad de expresión, debido proceso, entre otras.
Pienso que un aspecto en el que sería importante continuar avanzando, es en el cumplimiento de las sentencias. Este desafío ha sido abordado con decisión por la Corte IDH. Durante 2022, se desarrollaron numerosas audiencias de cumplimiento de sentencias y en ellas se contó con la activa participación de todas las partes. Sin duda, esas instancias de diálogo son un aporte y contribuyen, no solo a mejorar los niveles de ejecución, sino también a acercar a las partes y tender puentes entre ellas.
Existen varios logros que pueden destacarse. Sin embargo, quiero centrarme en lo que queda por mejorar y la priorización que ha de darse a esto.
El cumplimiento de las recomendaciones por parte de los Estados, es crucial para alcanzar una mayor protección del catálogo de derechos humanos internacionalmente reconocidos. El hecho de que la CIDH esté facultada por la Convención Americana para emitir una serie de recomendaciones, tanto en contextos nacionales generales como en el marco de peticiones individuales o informes temáticos, implica reflexionar acerca del compromiso de los Estados al momento de ratificar el mencionado instrumento internacional y el efecto de éste. ¿Cómo logramos materializar el efecto útil de la Convención Americana? Precisamente, mediante el cumplimiento de las recomendaciones que formula la CIDH. No nos podemos quedar en el nivel de lo discursivo, sino que los Estados deben ir más allá y pasar al nivel del compromiso efectivo. En este aspecto, la CIDH también tiene un rol activo, a través del establecimiento de una metodología para dar seguimiento e impulso de estas recomendaciones, siempre teniendo sobre la base, el desarrollo progresivo de ese derecho internacional positivo, con el propósito de alcanzar estándares superiores de protección.
Más allá de las sentencias, porque en el 2022 la Corte IDH estuvo bastante lenta, creo que es necesario destacar el hecho de que se están enviando casos que pueden generar un gran impacto en la región. Por ejemplo, el caso Beatriz y otros vs. El Salvador, que va a ser un caso que tratará sobre los derechos sexuales y reproductivos y que marcará la agenda del continente. Por otro lado, finalmente se realizó la audiencia del caso Comunidad la Oroya vs. Perú, que va a ser el caso emblemático en materia ambiental, y de empresas y derechos humanos.
Sin perjuicio de lo anterior, retos hay varios. Principalmente, las demandas internas en la CIDH sobre abuso laboral y sexual, que llevan más de dos años en trámite. No puede ser posible que esto quede en la impunidad. El órgano principal de derechos humanos, que debe velar por estos, no puede tener este tipo de problemas. Hace tan solo unos meses salió una resolución del Tribunal Administrativo de la OEA, sobre el despido injustificado del ex Secretario Ejecutivo de la CIDH. Este es un paso, pero también hay otras demandas que deben ser atendidas, priorizadas y resueltas lo más pronto posible.
Otro reto es que estamos sobre abrumados. Actualmente, la Corte IDH tiene más de 70 casos pendientes. Desconozco cuántos hay ante la CIDH. Entonces, hay que buscar soluciones. Por ejemplo, se podría evaluar la posibilidad de ampliar la composición de la CIDH y la Corte IDH, debido a la necesidad de mayores liderazgos. Esto no solo implicaría una mejor distribución del trabajo y la agenda, sino también una mayor representación de los diversos Estados partes de la Convención.
En el 2022 la CIDH adoptó varios informes derivados de sus mecanismos especiales de seguimiento. Creo que aquello es positivo porque visibiliza a estos mecanismos menos tradicionales que han sido explorados por la CIDH en los últimos años, pudiendo brindar respuestas oportunas a contextos que así lo requieren.
Otro punto para destacar del 2022 es que, al parecer, la CIDH decidió reactivar su rol en el mecanismo de medidas provisionales de la Corte IDH. Por años la CIDH dejó de pedir medidas provisionales a la Corte, o lo hizo solo en un número reducido de asuntos, pero recientemente pareciera que la CIDH está enviando un mensaje de reactivación de este mecanismo.
Resalto también la continuidad que la CIDH le ha dado a la atención de los temas más emergentes. Aunque la resolución de emergencia climática es de 2022, refleja esa preocupación, al igual que el otorgamiento de audiencias sobre temáticas novedosas, como los desafíos para los derechos humanos de las neurotecnologías.
Por parte de la Corte IDH, destacaría el esfuerzo por mantener la oralidad en los procesos y los tiempos de decisión, a pesar del aumento de casos que ha recibido. En términos jurisprudenciales, considero de gran relevancia las sentencias que se adoptaron en el 2022 sobre los derechos de las mujeres, tanto en materia de violencia obstétrica, así como de violencia sexual. También algunos fallos que buscan ponerle límites al abuso de poder en el ejercicio de poder punitivo del Estado, como la sentencia de México sobre el tema del arraigo.
A pesar de todo lo anterior, siento que en el 2022 la reacción frente a contextos de grave deterioro del Estado de derecho, como es el caso de El Salvador, no fue suficiente. También creo que en 2022 no se adoptaron medidas particularmente destacables sobre atraso procesal y que la CIDH sigue, al parecer, considerando que el incremento modesto en la producción de informes en los últimos años es suficiente, aunque es claro que no lo es.
Desde la perspectiva de la Corte IDH, me parece que lo primero que hay que destacar son las opiniones consultivas requeridas por México (sobre las actividades de las empresas vinculadas con la industria de armas de fuego y su impacto en los derechos humanos), y de forma conjunta, por Chile y Colombia (sobre emergencia climática).
Un segundo aspecto, es continuar avanzando en materia de capacitación de funcionarios públicos, periodistas, defensores/as de derechos humanos, etc. Por otra parte, ahora que las restricciones de viaje y sanitarias del COVID-19 han disminuido, tenemos que fortalecer el diálogo con los países (gobiernos, sociedad civil y academia), en cuanto al cumplimiento de sentencias.
Asimismo, a la luz de las diferentes situaciones que vive nuestra región, es importante enfatizar la difusión de la jurisprudencia de la Corte IDH, la cual puede servir como una herramienta para fortalecer el Estado de Derecho y el respeto de los derechos humanos a nivel regional.
Finalmente, desde mi trayectoria, atribuyo especial relevancia a la jurisprudencia de la Corte IDH que ha profundizado y amplificado los derechos de las personas bajo custodia estatal, y, muy especialmente, de las personas privadas
de libertad. Esta jurisprudencia posee un alto potencial para impactar de forma práctica y concreta en la condición de las personas en situación de vulnerabilidad. Aquí la Corte ha ido desarrollando de forma muy consistente criterios que son de la mayor relevancia.
Así, al menos desde el caso “Instituto de Reeducación del Menor vs. Paraguay” (2004), la Corte insiste en el principio de que la privación de libertad trae a menudo, como consecuencia ineludible, la afectación del goce de otros derechos humanos, además del derecho a la libertad personal. Sin embargo, esta restricción de derechos, consecuencia de la privación de libertad o efecto colateral de la misma, debe limitarse de manera rigurosa. Esto se une con el principio, también presente en el mismo fallo y reiterado en otros, de que la privación de libertad no debe implicar un nivel de sufrimiento que exceda a aquel intrínseco a la privación de libertad.
La Corte ha ido desarrollando estos principios en su jurisprudencia más reciente, por ejemplo, aquella referida al contacto de la persona privada de libertad con su familia. Este es un tema de enorme importancia para cualquier persona privada de libertad, en especial de cara a su reinserción social. Continuando con los ejemplos, existen importantes estándares sobre las consecuencias de la separación de personas privadas de libertad de sus familias en el caso “Norín Catrimán y otros vs. Chile”(2014). En mi opinión, esta línea jurisprudencial debe fortalecerse y continuar desarrollándose, por ejemplo, en relación a cómo se pueden afectar otros derechos de privados de libertad, y profundizando en el enfoque diferenciado que ha utilizado la Corte. En este sentido, será de la mayor importancia la difusión y aplicación práctica de la Opinión Consultiva presentada por la CIDH respecto de “Enfoques diferenciados en materia de personas privadas de libertad”, que establece criterios más generales respecto de ciertas cuestiones específicas, tales como la situación de mujeres embarazadas, personas mayores, entre otras. Me parece que esta OC es una gran oportunidad de sistematizar y extender los principios, que ya han sido adoptados por la Corte, en un todo orgánico que pueda ser implementado por los Estados.
Otro de los aspectos de la jurisprudencia de la Corte IDH, que creo necesario continuar desarrollándose, es la aplicación de consideraciones de género e interseccionalidad. Una de las cuestiones centrales en la defensa de los derechos humanos, tanto a nivel continental como mundial, ha sido la no discriminación por género. En el último lustro, la Corte a través de sus fallos, ha tomado en consideración un conjunto de criterios internacionales y ha ordenado a los Estados respectivos a proceder con perspectiva de género en distintos aspectos (pasando por investigaciones policiales hasta establecimientos penitenciarios y de salud), lo que, en sí mismo, es un elemento relevante.
En primer lugar, y ante el deterioro de las instituciones democráticas al interior de algunos países de la región, es fundamental un rol activo de la CIDH en cuanto a la realización de todos los esfuerzos para, por un lado, monitorear al Estado y, por otro, visibilizar la situación concreta. Aunado a ello, es relevante que la CIDH realice recomendaciones pertinentes para el fortalecimiento de la democracia, con el fin de no perder todo lo logrado hasta ahora.
En segundo lugar, debemos abordar el atraso procesal, pero desde una mirada diferente. Sabemos que una de las grandes debilidades que tiene la CIDH, es el largo período que se requiere para que una petición pueda culminar en un informe de fondo o, si es el caso, pueda ser llevada ante la Corte IDH. En este punto, creo que la CIDH debe tener en cuenta que el rezago procesal es consustancial a la naturaleza de cualquier órgano, inclusive a nivel nacional.
Sin embargo, no por ello no vamos a implementar medidas de combate y de abatimiento de esta problemática. En tal sentido, creo que hay que comenzar a ver el portafolio de casos desde una mirada estratégica. Con esto quiero decir que la CIDH debería elaborar criterios para priorizar casos que van a tener un impacto a nivel nacional o regional, puesto que es una realidad que no todos los casos tienen la misma dimensión. Así, hay casos que están íntimamente vinculados a fallas estructurales que tienen los Estados, los que son susceptibles de promover un verdadero cambio social.
Primero, ampliar las audiencias por parte de la CIDH. Sé que hay un esfuerzo loable y que se realizan audiencias extraordinarias, tanto en la CIDH como en la Corte IDH, pero esto no es suficiente. Los problemas que vemos en el SIDH son sumamente graves y hay una necesidad de que haya una mayor interacción para que se puedan conocer este tipo de situaciones.
Segundo, hay un desbalance en la atención a países. Esto ha sido reconocido, especialmente en la CIDH, con respecto al intento de centralizar las situaciones en el Caribe. Hay que focalizar ciertos temas en países o zonas que han pasado desapercibidas.
Tercero, dado que este año hay elecciones en los órganos del SIDH, es fundamental la participación de grupos históricamente vulnerables. Esto no depende de la CIDH ni de la Corte IDH, sino de los Estados. Sin duda, la diversidad puede llegar a fortalecer el SIDH.
El primero es que ambos órganos del SIDH deben seguir buscando todos los mecanismos para seguir dando orientaciones oportunas a los Estados sobre cómo enfrentar los desafíos globales emergentes. Las opiniones consultivas que se han presentado a la Corte, especialmente la relativa a la emergencia climática, es una gran oportunidad para ello.
El segundo es que la CIDH debe sincerarse frente a los usuarios del sistema, sobre el diagnóstico real de la situación de atraso procesal. Las peticiones y los casos individuales tienen un gran potencial, no sólo reparador y de justicia para las víctimas, sino transformador de problemas y contextos estructurales que contribuyen a la continuidad de las violaciones de derechos humanos. Pero ese potencial se ve mermado con la ineficiencia del sistema y su incapacidad de responder en un tiempo razonable. Sólo cuando la CIDH reconozca que haber incrementado modestamente la producción de informes no es suficiente, y que se requieren reformas profundas, podremos retomar el debate sobre la mejor manera de combatir el atraso procesal.
Y el tercero es el urgente fortalecimiento de la relación entre derechos humanos y democracia. En algo se ha avanzado en esas líneas, especialmente mediante casos contenciosos y Opiniones Consultivas de la Corte IDH, pero es necesario que ambos órganos del SIDH y, en especial la CIDH, esté vigilante y responda con fuerza a contextos de inestabilidad democrática y a las amenazas al Estado de Derecho en varios países, destacando a través de todos sus mecanismos la relación inseparable entre democracia, Estado de derecho y derechos humanos.
Citación académica sugerida: Agenda Estado de Derecho. Los retos del Sistema Interamericano de Derechos Humanos en la tercera década del Siglo XXI (Parte II). Agenda Estado de Derecho. 2023/04/13. Disponible en: https://dutapp.com/los-retos-del-sistema-interamericano-de-derechos-humanos-en-la-tercera-decada-del-siglo-xxi-parte-ii/
Palabras clave: Derechos humanos, Sistema interamericano de derechos humanos, CIDH, Corte IDH, Corte Interamericana de Derechos Humanos, Comisión Interamericana de Derechos Humanos
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Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.
Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.
Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.
Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.
Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).
Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.
José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.
Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.
Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.
Abogado, Magíster en Derecho y Posgrado en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por la Universidad de Palermo. Profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Responsable del Programa para la Aplicación de Instrumentos de Derechos Humanos del Ministerio Público de la Defensa de la Nación. Integrante de la Red Latinoamericana de Académicas/os del Derecho - ALAS. Fue docente en diferentes universidades de Argentina, e investigador y docente en el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile. Sus temas de especialización son Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Acceso a la Justicia y No Discriminación.
Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.
Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.
Vicepresidenta de incidencia y litigio internacional del Robert F. Kennedy Human Rights. Baeyens lidera la estrategia de incidencia legal en derechos humanos de la organización, incluyendo el litigio de casos de alto impacto ante mecanismos de la ONU y sistemas regionales de protección, en temáticas relacionadas con la protección del espacio cívico y la lucha contra la discriminación, violencia e impunidad. Previamente se desempeñó como oficial de asuntos políticos en la ONU y como oficial de derechos humanos en la CIDH, donde también coordinó la Relatoría sobre personas defensoras. Es profesora adjunta de la Facultad de Derecho de la Universidad de Georgetown. Recibió su título de abogada de la Universidad de Ibagué, Colombia, y su LL.M en derecho internacional de los derechos humanos de la Universidad de Notre Dame, Estados Unidos.
Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).
Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.
Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.
Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.
Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.
Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.